En 2018, Colombia fue el país más demandado del mundo ante tribunales de arbitraje internacional por parte de inversores extranjeros. Desde entonces, la llegada de nuevas demandas ha ido en aumento. Los gobiernos de Álvaro Uribe y Juan Manuel Santos apuraron en los años 2000 la firma de tratados bilaterales de inversión y de libre comercio sin ningún tipo de debate público ni estudio de impactos ambientales o sociales. Una de las consecuencias de esta firma masiva ha sido una avalancha de demandas de arbitraje de empresas mineras. En Marzo 2026 el presidente Petro anunció que Colombia saldrá del sistema de arbitraje internacional, un paso importante que requiere la toma de múltiples medidas para impedir realmente la llegada de nuevas demandas.
(publicado en Abril 2026)
El universo de tratados con protección de inversiones en Colombia
Colombia se subió tarde al tren de la firma de Tratados Bilaterales de Protección de la Inversión Extranjera (TBI) y Tratados de Libre Comercio (TLC) en comparación con otros países de la región. El grueso de los tratados no se firmó hasta inicios de la década de los 2000. Pero una vez que comenzó el proceso de negociación, los gobiernos colombianos apretaron el acelerador. Mientras que en muchos países se ponía un freno a la firma de tratados con protección de inversiones y se hablaba incluso sobre la necesidad de su renegociación, Colombia avanzaba sin considerar los riesgos de este tipo de tratados. Concretamente, la potestad de los inversores extranjeros de demandar al Estado colombiano ante tribunales internacionales de arbitraje por sumas multimillonarias, usando un mecanismo conocido por sus siglas en inglés: ISDS.
Hasta la fecha, Colombia tiene vigentes ocho TBI. Los TBI son tratados específicos sobre los derechos de los inversores extranjeros, que incluyen cláusulas como Trato Justo y Equitativo, Trato Nacional, Trato No-Discriminatorio, Seguridad y Protección Plenas, Expropiación Indirecta (ver más adelante). Los TBI determinan períodos de renovación del propio tratado. Actualmente, siete de ocho TBI vigentes podrían rescindirse sin demora, si el gobierno así lo dispusiera.

Existen también diez TBI firmados, pero aún no ratificados. El más reciente de estos TBI es con Venezuela, firmado en febrero de 2023. Se trata del primer y único TBI firmado por el gobierno de Gustavo Petro. Este TBI se basa en un nuevo modelo que restringe los privilegios de los inversores y limita las cláusulas que pueden usar, pero sigue habilitando el mecanismo ISDS (aunque de una forma más acotada).
Los tratados que incluyen protección de inversiones (TLC y TBI) tienen que ser aprobados por la Corte Constitucional Colombiana (CCC). En 2019, ante el aumento de las demandas ISDS, la CCC emitió la sentencia C-252. Esta sentencia obliga al gobierno colombiano a negociar declaraciones interpretativas conjuntas (DIC) que acompañan a los tratados internacionales de protección de inversiones del país. A través de las DIC, la Corte quiere garantizar que los acuerdos respeten la Constitución colombiana, en particular en cuanto al derecho a regular y la protección de derechos humanos y del ambiente. En base a este principio, la CCC ordenó la revisión del TBI con Francia (C-252/194) y del TLC con Israel (C-254/195), exigiendo que se aclare el significado de cláusulas clave, entre ellos la cláusula de Nación Más Favorecida, Trato Justo y Equitativo y, en particular, el concepto de expectativas legítimas.
En enero de 2025, Colombia y Estados Unidos también firmaron una nota interpretativa aclarando el alcance de un conjunto de cláusulas en el capítulo de protección de inversiones del TLC. Sin embargo el resultado al que llegaron ambos gobiernos en esa interpretación no impide la presentación de demandas ISDS a pesar de que, en el caso del TLC con EEUU, el gobierno colombiano lo haya presentado como un movimiento para “poner la vida sobre la codicia de los inversores”. Además, en el pasado hemos visto cómo algunos tribunales arbitrales han ignorado
interpretaciones constitucionales de Cortes nacionales o regionales, amparándose en instrumentos del derecho internacional. Para evitar los daños de las demandas ISDS sólo hay un camino: salir del sistema, o sea denunciar los TBI, eliminar ISDS de los TLC y dejar los centros de arbitraje que administran demandas, como el CIADI del Banco Mundial.
“El sistema ISDS, con sus raíces en el colonialismo y el extractivismo, no está preparado para el siglo XXI porque prioriza los intereses de los inversores extranjeros sobre los derechos de los Estados, los derechos humanos y el medio ambiente.”
David Boyd, Relator Especial para las Naciones Unidas sobre derechos humanos y ambiente, 2023.
Sumado a los ocho TBI, Colombia cuenta con diez TLC que incluyen un capítulo de protección de inversiones, aunque se supone son “acuerdos comerciales”. Tanto los TBI como las disposiciones de dichos capítulos de inversión de los TLC han sido utilizados por los inversores extranjeros para demandar a Colombia. Los TLC no tienen fecha de vencimiento ni deben ser renovados, sino que continúan vigentes hasta que alguno de los Estados manifieste su voluntad de renegociación o terminación.

Además de estos tratados, Colombia firmó un TLC con Panamá (2013) y recientemente con los Emiratos Árabes (2024) que aún no entraron en vigor. Sólo el primer tratado con Panamá incluye el mecanismo ISDS. No todos los TLC incluyen un capítulo de protección de inversiones, pero sí regulan las relaciones comerciales entre Colombia y otros países. Entre ellos destacan el acuerdo de libre comercio con el Reino Unido (2020), con la Unión Europea (2013) y con la Zona de Libre Comercio Europea (Lichtenstein, Suiza, Noruega, Islandia) (2011).
Colombia fue el país más demandado en 2018 y el boom de demandas continúa
En 2018, Colombia fue el país más demandado a nivel mundial, con seis demandas en tan solo un año. Los años siguientes, el número total de demandas continuó creciendo. En total, desde la primera demanda en 2016 hasta marzo de 2026, Colombia ha recibido 29 demandas de parte de inversores extranjeros ante tribunales de arbitraje internacional. El 90% de las demandas contra Colombia fueron registradas en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial.

Estado de las demandas y montos de los casos
Hasta marzo de 2026, se resolvieron 18 de las 29 demandas contra Colombia; 10 siguen pendientes y una está sin información. De las demandas resueltas, seis favorecieron al inversor (cinco por tribunal y una por acuerdo), dos fueron discontinuadas y en 10 el Estado rebatió la demanda. Esto no implica que haya ganado. El Estado debe cubrir costos de tribunales, abogados y, si pierde, también los del inversor. En las 15 demandas resueltas por un laudo, Colombia ha pagado casi 54 millones de dólares por estos gastos.

En las seis demandas donde el inversor resultó favorecido, el Estado tuvo que pagar o acordó un total de 412 millones de dólares. Esta cifra supera el presupuesto completo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para 2026, equivale a dos años de presupuesto de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres de Colombia, y representa 33 veces el presupuesto anual de la Superintendencia de la Economía Solidaria, cuyo monto en 2026 fue de 12.2 millones de dólares.




